I.
Penas prescritas
Los crímenes que caen bajo esta
categoría de castigo pueden ser definidos como actos legalmente prohibidos por
Dios, contra los que Él ha dado una severa advertencia, para cuya prevención ha
predeterminado penas y cuya ejecución se considera un derecho de Dios.
Estas penas tienen ciertas
peculiaridades. Entre ellas están las siguientes:
a) No pueden ser incrementadas ni
disminuidas.
b) No pueden ser evitadas por
el juez, autoridad política ni por la víctima, luego de que el crimen asociado
ha llamado la atención de las autoridades. Antes de que estos crímenes sean
presentados ante el Estado, es posible que la víctima perdone al criminal si el
daño fue solo personal.
c) Estos castigos son el
derecho de Dios, significando que el derecho legal involucrado es de una
naturaleza general, en la que se toma en consideración un bien mayor, que es el
bienestar general de la sociedad.
Los siguientes crímenes caen bajo
la jurisdicción de estas penas prescritas:
1. Hurto
El hurto es definido como apropiarse secretamente
de la propiedad ajena de su locación segura y privada, con la intención de tomar
posesión de ella.
2. Robo o asalto
El robo o asalto es definido como la
actividad de un grupo o individuo con el objetivo de arrebatar por la fuerza la
propiedad ajena, generalmente en la vía pública o los caminos, y que involucra
determinado grado de violencia física y psicológica para la víctima.
3. Promiscuidad o fornicación
Es definida como cualquier situación en
la que un hombre y una mujer mantienen relaciones sexuales con penetración y
coito, sin haber un vínculo legal entre ellos (matrimonio) y, por consiguiente,
a escondidas de la sociedad y del Estado islámico. Cualquier contacto entre un
hombre y una mujer que no involucre el coito no cae bajo esta categoría, y no
amerita el castigo prescrito.
4. Adulterio
Es definido como cualquier situación en
la que un hombre y una mujer mantienen relaciones sexuales con penetración y
coito, sin haber un vínculo legal entre ellos (matrimonio), pero con el
agravante de mantener un vínculo legal matrimonial con otra persona, lo cual
convierte el acto en una traición a los sentimientos y a la identidad de la
criatura concebida (si existiera). Para probarlo ante un juez se necesitan
cuatro testigos fiables que hayan visto la penetración, caso en el cual se
aplica la pena prescrita.
5. Calumnias o acusación falsa
Es definido como la acusación de
adulterio o fornicación contra una persona casta e inocente. Puede presentarse
bajo la forma de negar la paternidad, lo que implica sugerir que sus padres
fueron adúlteros o fornicadores. Las falsas acusaciones incluyen cualquier
declaración denunciando la fornicación y el adulterio, que no esté respaldada
por pruebas fehacientes.
6. Embriaguez
Uno de los más importantes objetivos
del Islam es la realización del ser humano y la prevención de lo perjudicial. A
causa de esto, el Islam “ordena las cosas buenas y prohíbe las malas”. Así,
protege la vida de las personas como también sus facultades, riqueza y su
reputación. La prohibición de las bebidas alcohólicas y el castigo por ebriedad
está entre las leyes que evidencias el interés del Islam por estos asuntos,
porque las bebidas alcohólicas destruyen varios de estos bienes, generando
situaciones potenciales de destrucción de la vida, riqueza, salud mental, reputación
y la religión.
Dios dijo:
“¡Oh, creyentes! Los embriagantes, los juegos
de azar, los altares [sobre los cuales eran degollados los animales como
ofrenda para los ídolos] y consultar la suerte valiéndoos de flechas son una
obra inmunda de Satanás. Absteneos de ello y así tendréis éxito. Satanás sólo
pretende sembrar entre vosotros la enemistad y el odio valiéndose del vino y de
los juegos de azar, y apartaros del recuerdo de Allah y la oración. ¿Acaso no
vais a absteneros?” (Corán 5:90-91)
7. Crímenes contra la
religión
Son definidos como cualquier ataque
contra la religión, como afirmaciones o actos ofensivos. Cuando estas
actividades implican un activismo contra el Estado, como espionaje y actos de
sedición, pueden castigarse con la ejecución. Este castigo fue prescrito en
tiempos del Profeta para una situación específica: sucedió que un grupo enemigo
hizo su ingreso al Islam, luego lo abandonó públicamente, para sembrar la duda
y la incertidumbre entre los creyentes. El Corán nos relata este evento:
“Un grupo de la Gente del Libro dicen entre ellos: Al comenzar el día finjamos creer en lo que se le ha
revelado a los creyentes [el Corán], y neguémoslo al anochecer; tal vez así los
creyentes duden y renuncien a su fe”. (Corán 3:72)
Así, el castigo contra los ataques a la
religión fue instituido para que los intereses y derechos de la sociedad no
puedan ser usados como arma política o para hacer espionaje en contra del
Estado.
Al mismo tiempo, se le da al criminal
la posibilidad de arrepentirse y pedir perdón, durante un lapso de 3 días, caso
en el cual queda libre de culpa y cargo.
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